ICACSMASC
ICACSMASC
El ICACSMASC es un servicio del ICACS que facilita el cumplimiento del requisito de procedibilidad de negociación previa en los asuntos civiles y mercantiles* que exige la Ley 1/2025, de 2 de enero, de medidas de eficiencia en el Servicio Público de Justicia.
Te ofrece de forma fácil y segura la tramitación y obtención del certificado de conciliación, requisito previo a la presentación de una demanda en los juzgados.
¿QUÉ ES LA CONCILIACIÓN?
Es un mecanismo de resolución de conflictos mediante el cual las partes intentan alcanzar un acuerdo sin necesidad de continuar con el procedimiento ante los tribunales. Se trata de un paso previo o complementario al litigio que busca evitar una sentencia judicial, reduciendo costos y tiempos para ambas partes.
¿CUÁNDO ES OBLIGATORIA LA CONCILIACIÓN?
A partir del 3 de abril de 2025, fecha de aplicación de la ley 01/2025, es exigible en materias civiles y mercantiles.
*No obstante, el resto de materias son susceptibles de someterse a un proceso de conciliación.
¿CÓMO FUNCIONA?
Si no disponen de abogado, las partes pueden solicitar al ICAMASC la designación de una tercera persona neutral, mediadora o conciliadora, que habrá de ser colegiado/a ejerciente.
Para formar parte del listado de mediadores/as será requisito previo acreditar la formación necesaria para cada una de las especialidades.
A través de una actividad negociadora, esta persona asiste a las partes y sus abogados/as para intentar llegar a un acuerdo que evite la judicialización del asunto, tal como dicta la Ley 1/2025, de 2 de enero.
RESERVA DE CITA
1-Darse de alta en la plataforma.
2-Rellenar la solicitud desde la plataforma ICACSMASC.
3-Reserva de cita en el calendario de la sede seleccionada. La cita deberá reservarse con 48 horas de antelación mínima.
4-Pago del servicio a través de la plataforma con pasarela de pago.
Precio: 80 € + IVA. En caso de más de un demandado/a, el precio se incrementa en 10€ por persona/entidad demandada.
5-A efectos fiscales, solicitante y pagador serán la misma persona.
6- La plataforma envía un correo electrónico a la persona solicitante con el justificante de la cita.
7- Pasados unos días la persona solicitante recibirá un correo electrónico con el certificado de la actividad negociadora previa.
Para más información, puedes contactar en el 964 22 47 98.
CELEBRACIÓN DEL ACTO
Se lleva a cabo el acto de conciliación entre las partes con el abogado conciliador en cualquiera de las sedes del ámbito territorial del ICACS.
- CASTELLÓN, VILA-REAL Y NULES
- SEGORBE
- VINARÓS
CERTIFICACIÓN
Una vez celebrado el acto, el/la profesional de la abogacía emite un documento acreditativo de la intervención realizada, firmado electrónicamente.
El resultado se certifica y se emite el correspondiente certificado por parte de ICACS y se envía a la parte solicitante. Si la parte requerida desea un certificado, se le emite una copia por importe de 50€.
Si no hay conciliación y se necesitan más reuniones, las partes acordarán una nueva cita que tendrá un coste de 100€.
NORMATIVA
CONSULTA EL BOE EN ESTE ENLACE: CONSULTA ICACSMASC