Desde hace años, el Colegio y la Universidad Jaume I vienen organizando todos los cursos el Máster de la Abogacía que posibilita a los graduados en Derecho acceder al examen de acceso a la profesión. Dicho Máster tiene dos asignaturas de prácticas. Ambas consisten en estancias del alumnado en despachos de colegiados como ejercientes en nuestro Colegio: la primera de ellas tiene una duración de 133 horas y se desarrolla entre los meses de junio y julio; la segunda, tiene una duración de 532 horas y se desarrolla entre los meses de septiembre a diciembre.

 

Para ser supervisor de prácticas y recibir alumnos en el despacho es necesario acreditar el ejercicio de la profesión durante más de 5 años y estar colegiado en el ICACS como ejerciente durante el periodo de las prácticas. Los despachos que ya estéis apuntados no es necesario que remitáis nueva solicitud.

 

Si cumples los requisitos de los supervisores de prácticas descritos, puedes solicitar la inscripción en el listado de despachos disponibles para acoger alumnos en prácticas enviando un correo electrónico a informacion@icacs.com con el asunto «Solicitud supervisor practicas master abogacia«, ANTES DEL 12 DE FEBRERO, indicando vuestro interés y cumplimentando los siguientes datos personales del supervisor:

Nombre y apellidos:

Nº de Colegiado:

Teléfono móvil:

Correo electrónico:

Especialidades del despacho:

Civil — Penal — Mercantil — Fiscal — Laboral — Administrativo

Población en la que se encuentra el despacho:

Las prácticas no son remuneradas para los alumnos; en cambio, los supervisores reciben una pequeña retribución por su supervisión que facturarán al final de las prácticas, y no tiene coste alguno para ellos.

 

Por último, y debido a la situación sanitaria que estamos sufriendo, debo avisar que las prácticas son presenciales y los supervisores deben adoptar las medidas sanitarias de protección del alumno que estén vigentes en el momento de realizar las prácticas (las mismas que adoptes para cualquier otro trabajador del despacho) o, en caso de no poder, a suspender la asistencia del alumno al despacho y comunicar al ICACS, o a mí personalmente, la situación para tramitar a la mayor brevedad las medidas que correspondan.

 

La única obligación, en caso de no poder adoptar las medidas de protección requeridas, es la comunicación y suspensión de las prácticas de forma inmediata.

 

Quedo a la espera de tu solicitud de incorporación y a tu disposición para cualquier aclaración.

Un saludo

Pedro Olucha