El Colegio tiene previsto firmar un  Convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Nules, para la puesta en marcha de un Servicio de Orientación y Asesoramiento Jurídicos, a personas mayores de 60 años y Asociaciones de Mayores de Nules, en los problemas habituales que les afectan, en materia de familia, sucesiones/herencias, vivienda, comunidades de vecinos, impuestos municipales, etc., a partir del próximo 1 de abril y hasta el 31 de marzo de 2019, excepto el mes de agosto, en las dependencias habilitadas al efecto por el Ayuntamiento, los martes (salvo que caigan en día festivo, en cuyo caso se prestará el servicio el día hábil inmediato anterior),  de 11:30 a 13:30 horas,  por 1 Abogado/as, seleccionado entre los que voluntariamente soliciten la inscripción por escrito ante el Colegio, antes de las 14 horas, del próximo día 28 de febrero, con al menos cinco años de antigüedad en el ejercicio profesional y reuna los demás requisitos que más abajo constan. El importe total que se abonará al/la Abogado/a será de 1000 euros, IVA incluido.

 

       El Servicio será gratuito para dichas personas y Asociaciones e incluye el seguimiento de las cuestiones planteadas por la mismas, debiendo el/la Abogado/a que lo preste cumplimentar, por cada consulta, una ficha con los datos de las personas atendidas, destinada a proporcionar información al Ayuntamiento, acerca de la naturaleza y contenido de las mismas , lo que comportará registrar telemáticamente,  los datos del solicitante, de la consulta evacuada y de las gestiones realizadas por el/la Letrado/a.

     El/la Abogado/a que intervenga tendrá absoluta incompatibilidad para asumir asuntos o llevar a cabo, directa o indirectamente, fuera del Servicio, actuaciones, judiciales o extrajudiciales, que provengan o deriven de las consultas atendidas en el marco del mismo.

     Quienes estén interesados/as en la prestación del Servicio,  deberán presentar instancia en la Secretaría del Colegio,  antes de las 14 horas, del día 28 de febrero de 2018, haciendo constar:  

             1) Años de ejercicio profesional de la abogacía.

             2) Experiencia profesional en las materias a que se extiende el Servicio contemplado.

            3) No estar sometido a expediente disciplinario ni haber sido sancionado deontológicamente, salvo rehabilitación de la sanción.

            4) Estar al corriente del pago de las cuotas colegiales.

BAREMO PARA LA SELECCIÓN:

      1) Años de ejercicio profesional de la abogacía: 0,20 puntos por cada año, hasta un máximo de 3 puntos.

     2) Experiencia profesional acreditada en las materias a que se refiere el Servicio: hasta un máximo de 3 puntos.

     3) Entrevista personal: 4 puntos.